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Aprueba el Congreso del Estado reformas en materia democrática sindical para las elecciones de dirigencias

  • Se reforma el artículo 74 a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de BCS para lograr la plena libertad de negociación colectiva en las elecciones de dirigencia estatal y seccional

El Congreso del Estado aprobó el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social a favor de la base trabajadora del Estado en materia de derecho sindical, para que puedan ejercer el voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados en la elección de sus directivas sindicales estatales y seccionales.

Por unanimidad fue que el pleno de la XVI Legislatura aprobó el dictamen relativo a la iniciativa ciudadana mediante la cual se reforma el artículo 74 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de BCS, presentada por el Comité Ejecutivo, Sección La Paz y por el Comité Ejecutivo Sección Los Cabos, ambos del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur (SUTSPEMIDBCS), la cual tiene como finalidad sentar las bases para lograr la plena libertad de negociación colectiva en las elecciones de dirigencia estatal y seccional la eliminación de sanciones a los trabajadores por el hecho de pertenecer, no pertenecer o dejar de pertenecer a un sindicato.

En tribuna, la presidenta de la comisión dictaminadora, Diputada María Luisa Trejo Piñuelas indicó que quienes integran la comisión coincidieron con los argumentos planteados por los iniciadores, toda vez que las y los trabajadores tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes y por ende elegir de manera libre a sus representantes, así como delimitar la duración de las diversas prerrogativas conforme a los estatutos internos de la base trabajadora; por lo que, sentenció que tanto el Estado como los poderes públicos deberán garantizar la libre decisión de elegir a sus representantes.

En la discusión del tema, la Diputada Eda Palacios Márquez (Independiente),  sentenció que la auténtica democracia sindical radica en que todos los trabajadores, sin distinción alguna, tengan voz y sean tomados en cuenta en la toma de decisiones y en los procedimientos de elección de la organización sindical, a fin de que el sindicato sea en verdadero órgano garante de sus derechos y defensor de sus intereses.

El Diputado Luis Armando Díaz  (PT) manifestó estar convencido que la democratización de las instituciones permitirá avanzar hacia un país con mayores libertades, “Creo que esto legitima no solamente un liderazgo al interior de un sindicato, sino que también le garantiza la libertad a las trabajadoras y a los trabajadores para ir a una verdadera democracia.

Por su parte, la Diputada Paz del Alma Ochoa Amador  (PRI) expresó que la democratización de la base sindical era un tema pendiente para toda la base sindical, “Estoy completamente segura que si fortalecemos la democracia al interior, habrán beneficios para todo el gremio, para los de Los Cabos como para los de Mulegé, así que vamos adelante a fortalecer nuestro sindicato. Unidos, jamás seremos vencidos”.

En su intervención, la Diputada María Luisa Trejo Piñuela (Morena) solicitó una modificación al artículo segundo transitorio para una mejor redacción y claridad del texto normativo, quedando de la siguiente manera: “En un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los sindicatos deberán armonizar sus estatutos conforme a lo establecido en el decreto. La falta de armonización de los estatutos de los sindicatos, dentro del plazo establecido en el presente decreto no menoscabará el derecho de sus miembros a ejercer su voto personal, libre directo y secreto en la acción de sus diligencias. En este supuesto en los procesos de renovación de los comitentes ejecutivos estatales, seccionales, próximos e inmediatos a celebrarse las convocatorias que a efecto emitan, deberán garantizar la observancia de lo previsto en el presente decreto”.

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